Piden que se reconozca de manera legal a Nora Arias como dirigente del PRD en la CDMX

También se ordena registrar a los integrantes de los órganos internos del PRDCDMX

Nora Arias

Por Raúl Macías

Luego de varios meses de lucha, el Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX), ordenó que se reconozca de manera legal a la diputada local Nora Arias Contreras, como dirigente del Partido de la Revolución Democrática en la capital del país, por lo que experredistas que buscaban destituirla, se van a quedar con las ganas de apoderarse de las oficinas Sol Azteca.

Fue a través de una sesión pública, donde los integrantes del Tribunal Electoral de la Ciudad de México, decidieron revocar la resolución IECM/RS-CG-01/2026, que fue emitida por el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), por ende, giró ordenes, para que ese organismo tenga por válida e idónea la documentación presentada por Nora Arias Contreras, así como las sesiones efectuadas y realizar los registros correspondientes.

Es decir, que toda documentación que haya sido firmada por Arias como dirigente del Sol Azteca, tienen validez, dejando con ello a los consejeros aliados de Víctor Hugo Lobo Román y Jesús Zambrano, con un golpe bajo, por lo que sus sueños de quedarse con ese instituto político, pues solamente quedara en ello, por lo que, al ser experredistas, no tienen injerencia en las decisiones que tome la legisladora.

Se dio la orden también al IECM, que se “realice el registro de los integrantes de los órganos internos del PRD CDMX que correspondan”, y que se le dé vista al Servicio de Administración Tributaria (SAT), remitiéndole copia certificada de la presente resolución en la que “se determina que Nora del Carmen Bárbara Arias Contreras contaba con legitimación y personalidad para realizar el trámite ante esa autoridad hacendaria”.

En plenitud de jurisdicción, el Tribunal Electoral de la Ciudad de México, “determina la validez de los documentos básicos y sus modificaciones presentadas”, es decir que “son correctas las subsanaciones” que realizó el partido político para cumplir con las observaciones formuladas por el Instituto Electoral, respecto del Programa de Acción, Declaración de Principios y los Estatutos.

“Todo lo ordenado al Instituto electoral deberá realizarse dentro del plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente ejecutoria”, estableció el Tribunal Electoral, lo que debe ser respetado por el IECM.